EPS EMAPA CAÑETE, SERNANP Y PROFONANPE FIRMAN CONVENIO CLAVE PARA LA PROTECCIÓN DE LAS FUENTES DE AGUA DE LA CUENCA DEL RÍO CAÑETE

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  • 29 septiembre, 2025
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La EPS Emapa Cañete, el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP) y el Fondo de Promoción de las Áreas Naturales Protegidas del Perú (PROFONANPE) suscribieron la firma de un convenio de cooperación interinstitucional . Este acuerdo tiene como objetivo implementar y activar los Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos (MERESE) para asegurar la conservación de los ecosistemas que proveen de agua a la provincia de Cañete.

El convenio establece una alianza estratégica en la que cada institución asume un rol fundamental: la EPS EMAPA CAÑETE actuará como "retribuyente" de los servicios ecosistémicos , el SERNANP como "contribuyente" a la conservación y PROFONANPE como "administrador" de los fondos.

Como parte de este compromiso, la EPS EMAPA CAÑETE transferirá un monto de S/ 266,228.00 (Doscientos sesenta y seis mil doscientos veintiocho con 00/100 soles) a PROFONANPE. Estos recursos se destinarán exclusivamente a la ejecución de un "Plan de Intervención" diseñado para proteger, conservar y recuperar los servicios ecosistémicos hídricos en la parte alta de la cuenca del río Cañete, específicamente dentro de la Reserva Paisajística Nor Yauyos Cochas (RPNYC).

Gregorio Torres Rua, Gerente General de la EPS EMAPA CAÑETE , señaló: "Este convenio es un paso crucial para garantizar la sostenibilidad de nuestros recursos hídricos. Al invertir directamente en la conservación de las fuentes de agua en la Reserva Paisajística Nor Yauyos Cochas, estamos asegurando la calidad y cantidad del agua para las futuras generaciones de Cañete. Esta es una muestra tangible de nuestro compromiso con la seguridad hídrica y el desarrollo sostenible de la provincia".

El acuerdo, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025 , se enmarca en la Ley de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos (Ley N° 30215) y la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento (D.L. N° 1280) , que facultan a las empresas prestadoras de servicios de saneamiento a incluir en sus tarifas un monto destinado a la conservación de las cuencas que las abastecen.

Las acciones se enfocarán en áreas priorizadas por su alta importancia hidrológica dentro de la RPNYC, en los distritos de Laraos, Alis, Tomas, Tanta, Huancaya, Vitis, Carania y Huantan, en la provincia de Yauyos.

 

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