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Con el objetivo de garantizar la equidad en los servicios de saneamiento, se ha implementado un subsidio cruzado focalizado para los usuarios de menores ingresos, según los Planos Estratificados del INEI o el Padrón General de Hogares del MIDIS.
Si usted ha sido beneficiado , su tarifa percibirá un ajuste en su tarifa del servicio de agua potable correspondiente al primer rango de consumo (hasta 8 m3).
Si no ha sido beneficiado y considera que debería acceder a dicho beneficio , puede acreditar su situación de beneficiario ante la empresa prestadora, en base a la Clasificación Socioeconómica (CSE) que otorga el SISFOH del MIDIS, con un máximo de seis meses previa a su solicitud ante la EPS. La dirección del usuario debe coincidir con la dirección registrada en su CSE.