Esta disposición se aplica en cumplimiento al Reglamento General de Regulación Tarifaria – SUNASS, en la cual todas las empresas prestadoras de servicios de saneamiento (EPS) deben de actualizar sus tarifas cada vez que el Índice de Precios al por Mayor (IPM) acumule una variación superior al 3 %.
De acuerdo a la información del Instituto Nacional de Estadísticas e Informática - INEI, en el caso de la EPS Emapa Cañete S.A., el IPM acumulado en el periodo julio 2021 a agosto 2021 fue de 3.39 %, por lo que la SUNASS ha comunicado que, de manera obligatoria, se aplique el reajuste en esa misma proporción en las tarifas y colaterales de agua y alcantarillado vigentes a la fecha.
Por tanto, a partir de la facturación del mes de marzo de 2022, los usuarios de la EPS Emapa Cañete S.A., verán reflejados en sus recibos de agua potable y alcantarillado, el reajuste comunicado mediante Oficio N° 1701-2021-SUNASS-DF.
Respecto a los servicios colaterales, estos se aplican desde el 14 de febrero de 2022.